Función |
Funcionario
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Rector |
Mg. Juan Carlos Urriago Fontal
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Vicerrector Académico | Mg. Gustavo Adolfo Cárdenas Messa |
Decana Facultad Ciencias Jurídicas y Humanísticas | Mg. María del Pilar García Valdés |
Decano Facultad Ciencias Administrativa, Económicas y Contables | Mg. Carlos Evelio López Ceballos |
Decano Facultad de Ciencias de la Salud | Mg. Silvio Arbey Osorio Villada |
Decano Facultad de Ciencias de la Educación | Mg. Gonzalo Romero Martínez |
Decano Facultad de Ingeniería | Mg. Iván Darío Aristizábal Henao |
Representante de los Docentes |
Mg. María Eugenia Buitrago González Resolución Rectoral No.1472 del 01 de septiembre de 2023. |
Representante de los Estudiantes |
Viviana Valderrama Cardona Resolución Rectoral No.2319 del 5 de diciembre de 2022. |
Acuerdo No.005 de 2016- Estatuto General (Expedido por el Consejo Directivo).
Artículo 23. Funciones. Son funciones del Consejo Académico, en concordancia con las políticas trazadas por el Consejo Directivo:
- Decidir sobre el desarrollo académico de la Institución en lo relativo a Docencia, a investigación, extensión y proyección social.
- Proponer al Consejo Directivo, la creación o supresión de Facultades y Departamentos, y las políticas académicas institucionales.
- Emitir concepto al Consejo Directivo sobre la creación, modificación, suspensión y supresión de programas académicos, en modalidad presencial, virtual, a distancia y demás modalidades, de acuerdo con las disposiciones legales y elaborar las directrices para tal efecto.
- Emitir concepto al Consejo Directivo para la expedición y modificación del Estatuto Docente, del Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado y Posgrado, del Reglamento de Investigación Extensión y Proyección a la Comunidad y del Reglamento de Bienestar Universitario.
- Expedir el reglamento interno del Consejo de Facultad el cual debe construirse con la participación de los decanos de las diferentes facultades.
- Recomendar al Consejo Directivo las distinciones para los docentes.
- Definir las políticas de admisiones.
- Establecer los criterios para la homologación de estudios.
- Presentar al Consejo Directivo las políticas del sistema de autoevaluación y procesos de acreditación institucional.
- Responder por el seguimiento y evaluación en los procesos de acreditación.
- Supervisar y evaluar el cumplimiento de los programas académicos.
- Promover la articulación de la investigación, la docencia y la extensión en los programas académicos de las facultades, el sector productivo y el entorno.
- Actuar como organismo de segunda instancia de los Consejos de Facultad a los cuales los Estatutos le hayan asignado competencia precisa para decidir en primera instancia, en los actos académicos susceptibles de apelación
- Supervisar y evaluar el cumplimiento de planes académicas de desarrollo, acción y mejoramiento académico.
- Expedir su propio reglamento.
- Aprobar los planes de investigación, curriculares, y de extensión que deba ejecutar la Institución y evaluarlos periódicamente.
- Diseñar las políticas para la definición del Plan de Trabajo de los docentes.
- Definir sobre los asuntos académicos que no estén atribuidos a otra autoridad institucional.
- Emitir concepto al Consejo Directivo sobre el Sistema de Auto evaluación y acreditación en alta calidad.
- Emitir concepto sobre el Plan de Desarrollo de la Institución para ser presentado por el Rector (a) al Consejo Directivo.
- Las demás que se señalen en las leyes y las disposiciones del Consejo Directivo.